Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se tolerarán a mango a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Ley 14/1986, de 25 de abril, Caudillo de Sanidad, y https://webcastlist.com/story21240792/una-revisi%C3%B3n-de-riesgo-psicosocial